Joaquín Pi Anguita /Unión Económica y Monetaria Europea
 

La política agraria común y el  presupuesto de la Unión Europea. Joaquín Pi Anguita.  Última actualización julio de  2004

 

Tema 3. La política agraria común. Apéndice: El presupuesto de la Unión Europea

 

 

 

 

Índice

A. LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN
a. La importancia de la intervención pública en la agricultura
b. Las razones de la intervencion pública en la agricultura
c. Formas de intervención pública en la agricultura
d. La reforma de junio de 2003
e. La Política Agrícola Común.

1. Nacimiento. 2. Objetivos. 3. Instrumentos. 4. Resultados. 5. Las adaptaciones de 1984 y 1989. 6. La reforma de 1992. 7. La política de mercados. 8. El FEOGA-Garantía. 9. La política socio-estructural.

B. EL PRESUPUESTO COMUNITARIO
a. Aspectos económicos del presupuesto
b. El procedimiento presupuestario.

c. Estructura de los ingresos
d. Estructura de los gastos

Apéndice:
Propuestas detalladas de la reforma de la PAC de junio de 2003

Lecturas

                - Para la PAC:
¿Debería sustituirse el actual sistema de subsidios a la agricultura?
"Towards efficient farm support" 7--7-2001 The Economist 

Análisis de proceso en la liberalización del comercio agrícola en las próxima ronda de negociaciones en la OMC.
"Patches of light" , Jun 7th 2001 The Economist
Sobre la propuesta de reforma de julio de 2002.
Europe's farms. Will these modest proposals provoke mayhem down on the farm? Jul 11th 2002. The Economist.
http://www.economist.com/background/PrinterFriendly.cfm?Story_ID=1227864

Farm subsidies
. Cleansing the Augean stables. Jul 11th 2002. The Economist
http://www.economist.com/background/PrinterFriendly.cfm?Story_ID=1224216

Europe's common agricultural policy should be scrapped, not defended. Oct 3th 2002.
http://www.economist.com/agenda/PrinterFriendly.cfm?Story_ID=1365334

               - Para el presupuesto comunitario:
http://www.europarl.eu.int/factsheets/1_5_1_es.htm
http://europa.eu.int/pol/financ/index_es.htm (s)
http://europa.eu.int/comm/budget/index_en.htm (en)

 

 

A. LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN


a. La importancia de la intervención pública en le agricultura.

1. Datos sobre importancia de la intervención.

         El sector de producción agrícola ha recibido tradicionalmente, de una u otra forma y en todos los países, un trato de favor en comparación el resto de los sectores productivos de la economía. No obstante, la cuantía de los recursos públicos destinados al mantenimiento de los precios y las rentas en la agricultura varía considerablemente de un país a otro. Además la medición de estos recursos presenta especiales dificultades dado el gran número de mecanismos a través de los cuales se suministra ayuda directa e indirecta al sector agrícola.

 


 

 

Farm supports vary widely across OECD countries, as measured by the “producer support estimate”—the annual value of transfers from consumers and taxpayers to farmers. Although these subsidies have fallen relative to output in many countries since the late 1980s, the OECD says they are still too high, reaching $235 billion in OECD countries in 2002, and they continue to distort trade by encouraging inefficient production

 

b. Las razones de la intervención pública en la agricultura

               
La explicación de la de la intervención pública generalizada en la agricultura aparece en la literatura económica de los años 1940, en términos de un modelo basado en el análisis elemental oferta-demanda. Este modelo desarrollado originalmente por Schultz (1945), permitía explicar los bajos e inestables precios y rentas en ella agricultura de Estados Unidos. Las características esenciales de este modelo fueron ampliamente aceptadas en las literatura económica posterior.

           La esencia de este modelo es que tanto la oferta como la demanda de productos agrícolas presentan unas características especiales que hacen necesaria una intervención pública en los mercados agrícolas.

         Por el lado de la oferta los productos agrícolas presentan dos características.

1. La oferta de productos agrícolas tiene generalmente una alta aleatoriedad, como consecuencia de que dependen gran medida de condiciones climatológicas que escapan al control de agricultor.

2. La oferta de productos agrícolas suele tener una baja elasticidad con respecto al propio precio, que refleja el carácter perecedero de estos productos y los altos costes de almacenamiento de los productos no perecederos.

 

la oferta agrícola aleatoria y "muy vertical"

 

Por el lado de la demanda de los productos agrícolas presentan dos características:

1. La elasticidad de la demanda con respecto a su propio precio es baja.

2. La elasticidad con respecto a la renta suele ser inferior a la unidad, ya que conforme aumenta la renta de los consumidores un porcentaje cada vez menor de la misma se dedica a los gastos de alimentación.

 

la demanda agrícola muy vertical a largo plazo se desplazaría lentamente

 

         Las características que se acaban de señalar condicionan el funcionamiento de los mercados de productos agrícolas a corto plazo y al largo plazo


Las características de los mercados agrícolas a corto plazo

1. La rigidez de la demanda con respeto al nivel de precios y la aleatoriedad de la oferta producen fuertes variaciones de precios a corto plazo. La intervención pública debe estabilizar los precios y de esta forma proteger a los consumidores contra las subidas de precios y a los productores contra los descensos de precios.

2.  La rigidez de la demanda con respeto al nivel de precios y la aleatoriedad de la oferta producen fuertes fluctuaciones en el valor monetario de la producción. Cuando la cosecha aumenta el valor monetario de la misma desciende, planteándose la necesidad de una intervención pública para proteger las rentas agrícolas.
 

mercado agrícola a corto plazo: amplia fluctuación de precios


Las características de los mercados agrícolas a largo plazo

A largo plazo tiende a observarse un ritmo de crecimiento de  la oferta de productos agrícolas más rápido que el ritmo de crecimiento de su demanda. La fuerte expansión de la oferta , en el largo plazo, es atribuible al progreso técnico que ha venido induciendo un continuo aumento de la productividad en la agricultura. La débil expansión de la demanda es una consecuencia de la baja tasa de expansión demográfica en los países industrializados y de la baja elasticidad renta de los productos agrícolas. Esto produce a largo plazo una tendencia al deterioro de los precios de los productos agrícolas, lo que lleva a aconsejar una intervención pública a través de una política de estructuras agrícolas.

 

Mercado agrícola a largo plazo. La oferta crece "rápidamente" la demanda "lentamente"


c.  Formas de intervención pública en la agricultura

       Existe una gran cantidad de medidas a través de las cuales los poderes públicos pueden intervenir en la agricultura. En la literatura económica se distinguen tres grandes sistema de intervención que pueden denominarse:

1. Sistema de mantenimiento de precios
2. Sistema de pagos compensatorios
3. Sistema de pagos incentivadores ligados a la gestión de recursos.

               El sistema de mantenimiento de precios tiene como finalidad asegurar a los productores agrícolas una renta aceptable a través de la fijación de los precios de los productos agrícolas a un cierto nivel, así como garantizar a los consumidores el aprovisionamiento de productos agrícolas a precios estables.  Normalmente los precios fijados son superiores a los precios del mercado mundial, lo que implica que el coste de mantenimiento de los precios recaerá en gran parte directamente sobre los consumidores, ya que éstos tendrán que soportar una precios superior  al que podrían disfrutar importando libremente los productos agrícolas. El mantenimiento de los precios a un determinado nivel requiere que exista un organismo de intervención  encargado de adquirir la producción agrícola excedente al precio fijado y venderla cuando exista en el mercado escasez del producto.  Para que este sistema sea viable es precios implantar un sistema proteccionista frente a las importaciones procedentes del resto del mundo a precios inferiores a los de intervención, ya que en caso contrario el consumo nacional sería suministrado a través de importaciones y la producción nacional se convertiría en excedente. Asimismo, cuando los precios mundiales sean superior a los precios de  intervención, será necesario desalentar la exportación de productos agrícolas para evita que el mercado nacional que desabastecido.


               El sistema de pagos compensatorios, ampliamente utilizado en el Reino Unido entre 1947 y 1972, se basa en garantizar el precio a la  producción a través de transferencias presupuestarias destinadas a complementar los ingreso obtenidos por los agricultores en el mercado. En este caso, los precios del mercado está determinado por el libre juego de la oferta y la demanda. La cuantía de la transferencia recibida por el agricultor es igual a la diferencia entre el precio del libre mercado y el precio de garantía fijado. Por tanto, el coste de la intervención no recae directamente sobre el consumidor, ya que puede importar libremente los productos agrícolas, aunque sí es soportado por el consumidor indirectamente vía imposición para cubrir los gastos del presupuesto. Las transferencias compensatorias pueden concederse sin limitación del volumen  de producción, o bien puede exigirse a los productores que no excedan un determinado volumen de producción para poder acceder a ellas. Bajo ese sistema, los precios de los productos agrícolas en el mercado domestico fluctúan para adaptarse a los precios vigentes en el mercado mundial. Si los precios mundiales descienden también descenderán los precios nacionales presionados por la entrada de importaciones sustitutivas al tiempo que se elevará el pago compensatorio pagado al agricultor nacional. Si los precios del mercado mundial se elevan, desciende el pago compensatorio al agricultor y el consumidor tendrá que soportar un mayor precio.

               Un tercer sistema de intervención se basa en la concesión de transferencias directas a los productores. Esta tienen una doble finalidad. Primero, garantizar unas rentas agrícolas adecuadas. Segundo, incitar a los productores agrícolas a sustraer tierra a la explotación limitando las producciones excedentarias o abandonado las producciones para las que existe un excedente en beneficio de aquellos productos agrícolas para los que existe una mayor demanda. Este sistema puede imponer una superficie máxima de cultivo que debe respetarse para poder acceder a las transferencias directas o conceder un pago monetario determinado por hectárea de cultivo abandonada.


El análisis gráfico oferta-demanda permite mostrar las diferencias entre los tres sistemas citados.

El sistema de protección basado en la subvención directa al agricultor se recoge en el Figura 1.
 

               

(Figura 1)

 

El sistema de protección basado en el mantenimiento de precios de intervención se muestra en la Figura 2.
 

Figura 2

             

d. La reforma de junio de 2003

Luxemburgo, 26 de junio de 2003

La UE reforma en profundidad su política agraria para lograr una agricultura europea sostenible

En el día de hoy, los ministros de Agricultura de la UE han aprobado una reforma en profundidad de la Política Agrícola Común (PAC). Esta reforma dará un giro absoluto al modo en que la UE apoya a su sector agrario. La nueva PAC se centrará en el consumidor y los contribuyentes, y dará a los agricultores europeos libertad para producir lo que el mercado demande. En el futuro, la mayor parte de las subvenciones se abonarán con independencia de cuál sea el volumen de la producción. A fin de impedir que se abandone la actividad de producción, los Estados miembros pueden optar por conservar una vinculación limitada entre las ayudas y la producción, bajo circunstancias bien definidas y dentro de unos límites claramente establecidos. Estas nuevas "ayudas únicas por explotación" se vincularán al respeto del medio ambiente, la salubridad alimentaria y las normas sobre el bienestar animal. La aplicación de un planteamiento más exigente por lo que se refiere a la vinculación entre las ayudas y la producción, hará que los agricultores de la UE sean más competitivos y adopten una orientación más de mercado, sin por ello perder la necesaria estabilidad en los ingresos. Los agricultores dispondrán de más dinero para los programas de mejora del medio ambiente, de la calidad y del bienestar animal, gracias a la reducción de las ayudas directas a las explotaciones de mayor tamaño. El Consejo ha decidido también revisar las organizaciones de mercado de los sectores de los productos lácteos, el arroz, los cereales, el trigo duro, los forrajes desecados y los frutos de cáscara. A fin de atenerse al estricto límite presupuestario establecido para la UE-25 hasta 2013, los ministros han acordado introducir un mecanismo de disciplina financiera. Esta reforma fortalecerá también las bazas de la UE en las actuales negociaciones comerciales en la OMC. Los diversos aspectos de la reforma entrarán en vigor en 2004 y 2005. La ayuda única por explotación entrará en vigor en 2005. Si algún Estado miembro precisa de un período adicional por las condiciones específicas de su agricultura, la ayuda única por explotación podrá entrar en aplicación en 2007, a más tardar.

A propósito de esta decisión, Franz Fischler, Comisario de Agricultura de la UE, ha manifestado lo siguiente:

 «Esta reforma es el principio de una nueva era. Nuestra política agraria experimentará cambios fundamentales. En el día de hoy, Europa se ha dotado de una política agrícola nueva y eficaz. La gran mayoría de las ayudas directas ya no estarán vinculadas a la producción. A nuestros agricultores, se les ofrece estabilidad en las rentas y la posibilidad de producir lo que los consumidores deseen. Los consumidores y contribuyentes se beneficiarán de una mayor transparencia y obtendrán mayores beneficios a cambio de su dinero. Esta reforma envía también un poderoso mensaje al mundo. Se trata de una política respetuosa con el comercio.

Decimos adiós al antiguo sistema de subvenciones, que falsea de forma significativa el comercio internacional y perjudica a los países en desarrollo. La decisión aprobada hoy conferirá ventajas a Europa en las negociaciones en torno al Programa de Doha para el Desarrollo. La UE ha cumplido su cometido, ahora el éxito de las negociaciones en la OMC depende de otros. Ahora bien, que nadie se llame a engaño. En la reunión ministerial de Cancún, la UE utilizará su mayor capital de negociación sólo en la medida en que obtenga algo a cambio. El desarme unilateral no figura en la agenda. La pelota está ahora en el campo de otros países, como los EE.UU, cuya política agraria sigue falseando enormemente el comercio, y, además, de manera creciente.»

Los elementos clave de la reforma pueden resumirse del siguiente modo:
 

  • una ayuda única por explotación para los agricultores de la UE, independiente de la producción. Podrá mantenerse, de forma limitada, un elemento de vinculación a la producción, a fin de evitar el abandono de la misma;
     

  • vinculación de las ayudas al cumplimiento de las normas en materia de medio ambiente, salubridad de los alimentos, sanidad animal y vegetal y bienestar de los animales, así como a la condición de mantener las tierras agrarias en buenas condiciones agronómicas y ambientales («condicionalidad»);
     

  • una política de desarrollo rural reforzada, lo que supone más fondos de la UE y nuevas medidas para promover la protección del medio ambiente, la calidad y el bienestar animal, y ayudar a los agricultores a cumplir las normas de la UE en relación con la producción, a partir de 2005;
     

  • una reducción de las ayudas directas ("modulación") a las explotaciones de mayor tamaño, a fin de financiar las nuevas medidas de desarrollo rural;
     

  • un mecanismo de disciplina financiera que garantice que el presupuesto agrario fijado hasta 2013 no sea sobrepasado;
     

  • revisión de la política de mercado de la PAC:
     

  • recortes asimétricos en el sector lácteo: el precio de intervención de la mantequilla se reducirá en un 25% en cuatro años, lo que supone un recorte adicional del 10% frente a la Agenda 2000; en cuanto a la leche en polvo desnatada, se aplicará una reducción del 15% en tres años, conforme a lo acordado en la Agenda 2000;
     

    • reducción de los incrementos mensuales en el sector de los cereales en un 50% y mantenimiento del actual precio de intervención;

    • reformas en los sectores del arroz, el trigo duro, los frutos de cáscara, las patatas de fécula y los forrajes desecados.

    Para mayor información sobre la reforma de la PAC, puede consultarse la siguiente dirección de Internet

    http://europa.eu.int/comm/agriculture/mtr/index_es.htm


    Europe's farm policy
      More fudge than breakthrough Jun 26th 2003 | BRUSSELS  From The Economist print edition

    AFTER three weeks of negotiations, including several exhausting all-night sessions, the temptation is always to declare victory and go home. So it was with the European Union's farm ministers, who struck a deal, in the early hours of June 26th, to reform the club's notoriously costly and trade-distorting farm policies.

    The reform of the common agricultural policy (CAP) is a typical EU deal. It started with a proposal from the European Commission that was already cautious and complicated—and ended with a deal that was even more complex and half-hearted. The commission did not propose actually cutting the amount of money spent on farm support. The core of its proposal was instead to “decouple” subsidies and production. Decoupling is meant to ensure that farmers no longer have an incentive to produce more, regardless of the market's demand. Instead, under the commission's original proposals, they would receive flat payments which would be linked to such things as rural development and environmental protection.

    The biggest recipients of CAP money—France, Spain, Ireland and Portugal—resisted this reform, since they do very well out of the present system. This week's deal preserves the principle of decoupling, but waters it down substantially.

    Decoupling will begin in 2005, but countries can choose to delay its introduction until 2007. For beef there will be only partial decoupling, covering 70% of the aid, and countries will be able to choose from a complex set of options. Decoupling is also only partial in cereals and mutton. Some sectors, such as olive oil and sugar, which both absorb billions of euros in production-linked subsidies, are completely untouched, though the commission will suggest further reforms next year.

    In a concession vital to winning over France, the commission agreed to ditch proposed cuts in the intervention price (a minimum price guarantee for farmers) for cereals—a move with big implications, since the cereals sector is the largest single absorber of CAP funds. There are, however, to be cuts in the intervention prices for butter and powdered milk.

    Reformers and conservatives involved in European farm policy all made polite noises about the deal. “We're saying goodbye to the old subsidy system which significantly distorted international trade,” said Franz Fischler, Europe's farm commissioner. His officials argue that decoupling will finally end the era when the EU was notorious for “butter mountains” and “wine lakes”, and will let farmers respond to market signals and protect the countryside too. “The vast majority” of payments, says the commission, will now be paid independently from production. The British, always among the keenest reformers, were also pleased. “The basic deal is very good, because the principle of decoupling is now established,” said a spokesman.

    Although President Jacques Chirac had personally intervened to block a deal in the earlier stages of negotiations, France ended up voting for the compromise. Le Monde described it as “decoupling à la carte”. Ireland's farm minister said that his country, whose farmers receive euro1.3 billion ($1.5 billion) a year in direct payments from the EU, was “fully satisfied”.

    Such statements arouse the suspicions of countries outside the EU that had wanted a much fuller and faster reform. A diplomat from the Cairns Group of countries, which has been pushing the EU to reform the CAP, declared himself “suspicious” of the concept of partial decoupling. His initial reaction was that the deal, particularly over livestock, “reduced the impact of decoupling a lot and preserved the incentives to over-produce”.

    International reactions such as these are crucial to the EU, since much of the reform effort has been driven by the Doha round of trade talks. The EU is desperate to avoid being cast as the villain, both because it has a strong economic interest in a successful trade round and because its protectionist farm policies damage its pretensions to champion development in the poor world. The Americans, whose own record on farm subsidies is hardly spotless, have put the Europeans on notice that the success or failure of the Doha round will depend on CAP reform.

    European trade diplomats have every reason to put a shiny gloss on the new deal. One says that the reforms will let the EU “put a really substantial offer on the table at the next meeting in Cancun”. What seems substantial in Brussels is likely to be judged less compelling elsewhere.

    http://www.economist.com/printedition/PrinterFriendly.cfm?Story_ID=1885855

     

  •  

     

    B. APÉNDICE: EL PRESUPUESTO COMUNITARIO

     

     


     


    1. El presupuesto de la UE siempre debe estar equilibrado. No puede ser por tanto utilizado como instrumento de estabilización económica.

    2.  El presupuesto anual de la UE es del orden de ($100bn). Supone sólo el 1% de la producción de los 15 miembros. Se ha señalado que esta característica del presupuesto implica problemas para el buen funcionamiento de la unión monetaria con una moneda única. Se plantea la siguiente pregunta:

    - ¿Son suficientes las políticas fiscales nacionales en una unión monetaria? ¿Debe la unión monetaria ir acompañada de algún mecanismo fiscal supranacional o federalismo fiscal?

    - Si la respuesta es afirmativa, en el futuro podrían plantearse problemas para la unión monetaria basada en el euro.

    -Estas dos citas muestran que no hay acuerdo en la respuesta:

     

    "No existen transferencias fiscales desde la  CE en su conjunto hacia los países que experimentan una recesión cíclica relativa. Sin un sistema fiscal centralizado, los choques de demanda agregada localizados geográficamente tienen un impacto mayor sobre la renta y el empleo. Si se acepta la moneda única, los gobierno nacionales tendrían pronto que decidir si aceptar una mayor volatilidad del empleo y la renta... o aceptar la pérdida de soberanía nacional sobre los impuestos y el gasto público". (Feldstein, 13 de julio, 1992)

     

    "América necesita una autoridad fiscal federal fuerte porque las diferencias en los tipos impositivos regionales pueden evadirse a través de la emigración. Europa necesita menos una autoridad fiscal central precisamente porque la movilidad del trabajo es baja, y por ello las políticas fiscales nacionales tienen más efecto" (De Grauwe, 4 de julio, 1992).


    3. Efecto redistributivo del presupuesto. La controversia política que desata el presupuesto es muy
    superior a su importancia económica ( Como muestra los problema de la
    Agenda 2000 para el presupuesto
    de los años 2000-2006).

    La causa principal:  Los efectos del presupuesto son muy desiguales. La PAC abarca la mitad del gasto y la mayor parte del resto se dedica a ayudas regionales. Por ello, los estados más pobres con sectores agrícolas grandes son los principales beneficiarios. 

    - Portugal. Grecia, Irlanda y España reciben más del doble de lo que pagan. 
    - Alemania ha sido con mucho el mayor contribuyente neto, junto con países pequeños ricos, Holanda, Suecia y  Austria.
    -Francia e Italia reciben grandes subvenciones para sus grandes sectores agrícolas. 
    -La contribución neta del RU se ve modificada por su devolución presupuestaria especial.
     


     

    The Rebate Debate
    The complex formula that determines how much member states contribute to the EU bears one very striking tribute to the power of national politics. Britain, and Britain alone, gets a budget “rebate”, currently worth €4 billion ($5 billion). This is the money that Margaret Thatcher, Britain’s former prime minister, famously demanded back from Brussels. She threatened to disrupt EU business until, in 1984 at a summit in Fontainebleau, her demands were met. It was a naked effort to promote the national interest above European comity, and it worked.

    Now the EU is bigger, Britain is richer, and the rebate should be revoked, argues the commission. This week, it is due to unveil proposals for the EU’s budget for the seven years from 2007 to 2013. According to newspaper reports, the commission proposes to share Britain’s rebate among all countries whose net contribution to the Union exceeds 0.35% of GDP. Under this scheme, Britain’s net contribution for the next budget period would rise to 0.51% of its national income, compared with just 0.25% if the rebate were retained.

    The complex formula that determines how much member states contribute to the EU bears one very striking tribute to the power of national politics. Britain, and Britain alone, gets a budget “rebate”, currently worth €4 billion ($5 billion). This is the money that Margaret Thatcher, Britain’s former prime minister, famously demanded back from Brussels. She threatened to disrupt EU business until, in 1984 at a summit in Fontainebleau, her demands were met. It was a naked effort to promote the national interest above European comity, and it worked.

    Now the EU is bigger, Britain is richer, and the rebate should be revoked, argues the commission. This week, it is due to unveil proposals for the EU’s budget for the seven years from 2007 to 2013. According to newspaper reports, the commission proposes to share Britain’s rebate among all countries whose net contribution to the Union exceeds 0.35% of GDP. Under this scheme, Britain’s net contribution for the next budget period would rise to 0.51% of its national income, compared with just 0.25% if the rebate were retained.

    The complex formula that determines how much member states contribute to the EU bears one very striking tribute to the power of national politics. Britain, and Britain alone, gets a budget “rebate”, currently worth €4 billion ($5 billion). This is the money that Margaret Thatcher, Britain’s former prime minister, famously demanded back from Brussels. She threatened to disrupt EU business until, in 1984 at a summit in Fontainebleau, her demands were met. It was a naked effort to promote the national interest above European comity, and it worked.

    Now the EU is bigger, Britain is richer, and the rebate should be revoked, argues the commission. This week, it is due to unveil proposals for the EU’s budget for the seven years from 2007 to 2013. According to newspaper reports, the commission proposes to share Britain’s rebate among all countries whose net contribution to the Union exceeds 0.35% of GDP. Under this scheme, Britain’s net contribution for the next budget period would rise to 0.51% of its national income, compared with just 0.25% if the rebate were retained.

    (The Economist 13th july 2004).

     

       


    1. Definición y evolución histórica

    a. El procedimiento presupuestario es la preparación y la aprobación del presupuesto: determinar en primer lugar la índole de los gastos y fijar seguidamente todos los años la cuantía de los gastos y de los ingresos necesarios para hacerles frente.

    a.   Hasta 1970, el poder presupuestario pertenecía exclusivamente al Consejo; el Parlamento desempeñaba un papel meramente consultivo. Tras haber elaborado el proyecto de presupuesto, el Consejo lo transmitía al Parlamento para que emitiera dictamen. Si el dictamen del Parlamento incluía propuestas de modificación, el Consejo procedía a una segunda lectura y establecía la versión definitiva.

    b.      Los Tratados de 22 de abril de 1970 y de 22 de julio de 1975 aumentan las competencias presupuestarias del Parlamento, de forma que en la actualidad,  la decisión en materia presupuestaria corresponde conjuntamente al Parlamento y al Consejo, aunque se reserva al Parlamento una función importante: 

    - aprueba definitivamente el presupuesto y también puede rechazarlo en su conjunto, 

    - tiene la última palabra sobre los gastos no obligatorios, que han ido aumentando en importancia representan cerca del 55% del presupuesto.

    2. La distinción entre gastos obligatorios y no obligatorios

    Esta distinción condiciona las competencias presupuestarias respectivas del Parlamento y el Consejo.

    a.     Los gastos obligatorios (GO), son los que resultan obligatoriamente de los Tratados y de los actos adoptados en virtud de éstos. 

    En la actualidad, son gastos obligatorios cerca del 45% del presupuesto, incluyen esencialmente:

    • los gastos de mantenimiento de los precios agrícolas (FEOGA-Sección "Garantía");
    • algunos gastos relativos a la política agrícola estructural (FEOGA-Sección "Orientación") y a la política común de pesca;
    • los reembolsos a tanto alzado a los Estados miembros, en particular los gastos de percepción de los recursos propios;
    • una parte de la ayuda al desarrollo.

    b.     Los gastos no obligatorios (GNO)

    El Parlamento tiene la última palabra ya que es el único que decide en última lectura sobre las enmiendas que había aprobado con anterioridad. Pero sus competencias están limitadas por el tipo máximo de aumento de los gastos. Por ello, el Parlamento no puede añadir al proyecto de presupuesto aprobado por el Consejo un volumen de GNO superior a la mitad de este tipo. No obstante, si el Consejo ya ha aumentado los gastos en más de la mitad del tipo, el Parlamento continúa disponiendo de la otra mitad.

    3. Las fases del procedimiento presupuestario.

    El procedimiento presupuestario está sometido a una restricción a priori: los gastos no obligatorios no pueden aumentar por encima de un porcentaje calculado sobre la base de parámetros macroeconómicos (evolución del PNB de la Unión Europea, variación media de los presupuestos nacionales, evolución del coste de la vida en los Estados miembros). Se podrá superar el tipo máximo de aumento sólo cuando el Parlamento y el Consejo hayan establecido un acuerdo al respecto.

       

    El procedimiento anual


    El procedimiento presupuestario anual está compuesto por una multitud de etapas que pueden sintetizarse de la siguiente forma:
    Para el 1 de julio Cada institución realiza una estimación de gastos que la Comisión reagrupa en el anteproyecto de presupuesto.
    Para el 5 de octubre El Consejo de Ministros se pronuncia sobre el anteproyecto, para elaborar el proyecto de presupuesto (con anterioridad se efectúa una concertación previa con el Parlamento con relación a los gastos obligatorios).
    En el plazo de 45 días El Parlamento examina el proyecto de presupuesto. Pueden darse tres casos:
    • El Parlamento no da una respuesta: el presupuesto se considera aprobado.
       
    • El Parlamento aprueba el presupuesto: finaliza el procedimiento.
       
    • El Parlamento decide introducir modificaciones:

    * Para los gastos obligatorios, presentará propuestas de modificaciones.
    * Para los gastos no obligatorios, presentará propuestas de enmiendas.

    En el plazo de 15 días

    En segunda lectura, el Consejo examina los puntos planteados por el Parlamento.

    • Para los gastos no obligatorios, el Consejo dispone del derecho de enmienda. En ese caso, el texto vuelve al Parlamento.
       

    • Para los gastos obligatorios, pueden darse dos casos:

    1) Las propuestas de modificaciones del Parlamento aumentan el presupuesto global. Estas modificaciones no podrán formar parte del presupuesto hasta después de la votación en el Consejo por mayoría cualificada. Si no se produce esta mayoría, se rechazan definitivamente las propuestas.
    2) Las propuestas de modificaciones del Parlamento no aumentan el presupuesto global. En este caso, sólo una votación del Consejo por mayoría cualificada puede oponerse a estas propuestas. El silencio equivale a una aprobación.

    Final del procedimiento

    El Parlamento dispone del derecho a tener la última palabra sobre el presupuesto comunitario. Su silencio equivale a la aprobación. Dispone del derecho a modificar los gastos no obligatorios (dentro de los límites del PMA-porcentaje máximo de aumento) con una mayoría absoluta de los miembros y de tres quintos de los sufragios expresados. El rechazo del presupuesto requerirá la mayoría absoluta de los miembros, así como dos tercios de los sufragios expresados.
    Por último, el Parlamento aprueba el presupuesto.

    Fuente: http://europa.eu.int/

     


    0. Introducción: La evolución del sistema financiero comunitario.

    Desde su creación a principios de los años cincuenta, el sistema financiero comunitario ha vivido una constante evolución. Los primeros veinte años se caracterizaron por varios cambios importantes:

    el avance hacia la unificación de los instrumentos presupuestarios,
    el progreso hacia la autonomía financiera,  y
    la búsqueda de un equilibrio institucional.

    El avance hacia la unificación de los instrumentos presupuestarios.

    Al principio, las distintas comunidades (CECA, CEE, EURATOM) disponían de su propio presupuesto. A partir del Tratado de fusión de 1965, sólo subsistirían dos instrumentos presupuestarios: el presupuesto general y el presupuesto operativo CECA (recordemos que el Tratado por el que se establece la Comunidad Europea del Carbón y del Acero expirará en 2002). Por lo que se refiere a la sucesión de la CECA en materia financiera véase, en particular, la Resolución del Consejo de 20 de julio de 1998, Diario Oficial C 247 de 7 de agosto de 1998, páginas 5 y 6. La gestión de los activos de la CECA se confiará a las Comunidades restantes, representada por la Comisión que garantizará que permanezcan separados de los otros fondos comunitarios. Además, los ingresos procedentes de la gestión por parte de la Comisión del patrimonio de la CECA constituirán un ingreso asignado del presupuesto general, destinado a financiar investigaciones en el ámbito del carbón y el acero).

    El progreso hacia la autonomía financiera.

    Con excepción de las exacciones CECA, el presupuesto europeo, hasta 1970, procedía de las contribuciones de los Estados. La decisión de 21 de abril de 1970, renovada en particular en 1988 y en 1994, introdujo por primera vez el régimen de recursos propios . El Consejo adoptó una nueva Decisión sobre recursos propios para sustituir a la Decisión de 1994. Los primeros años de la política presupuestaria también se caracterizaron por el desarrollo de las políticas comunes (creación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA, 1962), del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER, 1975), etc.).

    La búsqueda de un equilibrio institucional.

    El nuevo impulso político conferido a la Comunidad en 1986 por la tercera ampliación a España y Portugal, después por la celebración del Acta Única, Tratado comunitario por el que se establecen nuevas ambiciones en la Comunidad ampliada (mercado único, cohesión económica y social, etc.), han llevado a prever, sobre la base de una política saneada, una reforma profunda del sistema financiero de la Comunidad. Esta reforma fue objeto de una propuesta global, el "paquete Delors", presentado en febrero de 1987 por la Comisión. Entre los cambios que se produjeron entonces, citaremos:

    • El límite máximo total de los recursos propios, sin distinción de categorías de recursos, se fija en un porcentaje del PNB del conjunto de la Unión (y no en función del IVA).

    • La introducción de las perspectivas financieras , verdadero marco financiero plurianual. Este sistema inaugurado en 1988 sigue siendo uno de los pilares del sistema financiero comunitario. Introduce un doble tope de los gastos: el total de los pagos del presupuesto anual no puede sobrepasar el límite máximo global expresado en porcentaje del PNB de la Unión (actualmente 1,27%); se limita cada categoría de gastos a un importe fijado para cada año y expresado en créditos para compromisos. Las perspectivas financieras actuales, que abarcan el período 2000-2006, se adjuntan al acuerdo institucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión.

    • La recaudación del IVA se corrigió para tener en cuenta la disparidad de las estructuras económicas (porcentaje relativo del consumo en el PNB de los Estados miembros).
    • Se introduce una nueva categoría de recursos. Ésta es complementaria, en función del rendimiento de los otros recursos. Se basa en el PNB de los Estados miembros.
    • Se encuentra una solución, que se pretende que sea definitiva, al problema británico. Alemania también recibe respuesta a sus pretensiones.
    • El gasto agrícola es controlado mediante la introducción de las directrices financieras agrarias (límite máximo de la rúbrica agricultura hasta las perspectivas financieras actuales; en estos momentos el límite máximo de esta rúbrica se fija con relación a las previsiones de gastos reales).
    • La introducción del Porcentaje Máximo de Aumento (PMA) de los gastos denominados no obligatorios, con respecto a los cuales el Parlamento tiene la última palabra. De esta forma, se compromete a aumentar esos gastos dentro de ciertos límites.

    El balance de esta reforma será muy positivo. Con la ayuda de circunstancias económicas favorables, el "paquete Delors" condujo a una evolución ordenada del gasto (que permanecerá por debajo del nivel de ingresos disponibles) así como a la mejora del procedimiento y de la gestión presupuestaria.

    Uno de los principales retos del presupuesto comunitario residirá ciertamente en el acompañamiento financiero de la próxima ampliación de la Unión Europea a los países de Europa Central y Oriental. Este reto es, en efecto, de envergadura, ya que se trata de contribuir a la integración del acervo comunitario en países cuya estructura económica y social está en muchos casos alejada de la de los países de la Unión.

    1. Los ingresos para garantizar el funcionamiento de la Comunidad se obtienen a través de:

    1.     Las exacciones CECA

    La Comunidad Europea del Carbón y del Acero dispone desde su creación (1952) del derecho a percibir una exacción sobre la producción de carbón y de acero que constituyó el primer recurso propio comunitario. Esta exacción la decide en exclusiva la Comisión si no sobrepasa el 1% de la producción. Cuando el tipo es superior, la Comisión debe obtener la autorización del Consejo, adoptada por mayoría de dos tercios. Dado que el Tratado CECA expira en el 2002, se están examinando en la actualidad diferentes opciones con objeto de decidir el porvenir de este recurso.

    2.     Los recursos propios "tradicionales"

    Se crearon por la Decisión de 1970 y se vienen percibiendo desde entonces. Se trata de:

    • exacciones reguladoras agrícolas y cotizaciones sobre la producción de azúcar: en 2000, ascendieron a 2.000 millones de euros aproximadamente (2,3% del presupuesto);
    • derechos de aduana percibidos en las fronteras exteriores de la Comunidad: unos 11.000 millones de euros en 2000 (12,4% del presupuesto).

    3.     Los nuevos recursos propios

    a. Porcentaje sobre los ingresos por IVA

    Este recurso, previsto por la Decisión de 1970, ha tenido que esperar a la armonización de los sistemas de IVA entre Estados miembros antes de poder ser aplicado en 1979. Consiste en transferir a la Comunidad un porcentaje sobre el IVA percibido por los Estados miembros. Fijado en principio en el 1% de la base imponible del IVA, el porcentaje se aumentó al 1,4% en 1984 para pasar de nuevo al 1% a partir de 1999. Desde 1988, se aplica un tipo de nivelación a la base imponible: dicho tipo no puede superar el 55% del PNB de un Estado. Este límite se redujo al 50% en 1999. El producto de los ingresos por IVA asciende en el año 2000 a unos 32.500 millones de euros (36,3% del presupuesto).

    b. El impuesto sobre los PNB nacionales y el límite máximo de los recursos propios

    Creado mediante la Decisión de 1988, este "cuarto recurso propio" consiste en una exacción sobre el PNB de los Estados miembros de un porcentaje que se fija en el marco de cada presupuesto anual. Sólo se percibe si los demás recursos propios son insuficientes para cubrir los gastos. En 2000, ascendió a 43.200 millones de euros (48,3% del presupuesto).

    Por otra parte, la Decisión de 1988 impone también al conjunto de los recursos propios un límite máximo expresado en porcentaje del total de los PNB de los Estados miembros: fijado al principio en el 1,15%, se incrementó al 1,2% en 1992 y al 1,27 en 1999. Por consiguiente, el "cuarto recurso propio" no podrá superar la diferencia entre el porcentaje máximo del PNB autorizado (1,27%) y los demás recursos propios. (el Consejo Europeo de Berlín, celebrado el 24 y el 25 de marzo de 1999,  se decidió no modificar hasta 2006 el porcentaje del 1,27% del PNB. )

    4.     Empréstitos

    Los Tratados CECA y Euratom conceden expresamente a la Comunidad la posibilidad de contratar empréstitos. No ocurre así en el Tratado CE pero se ha recurrido a su artículo 308 (235) y desde 1978 los empréstitos han adquirido una magnitud considerable.


    1. Gastos obligatorios/gastos no obligatorios

    -Son gastos obligatorios cerca del 45% del presupuesto

    2. Distribución por sectores (perspectivas financieras para el año 2000)

    -    Agricultura: 41.738 millones de euros: 44,5%;
    -    Medidas estructurales: 32.678 millones de euros: 34,8%;
    -    Políticas internas: 6.031 millones de euros: 6,4%;
    -    Medidas externas: 4.627 millones de euros: 4,9%;
    -    Reservas: 906 millones de euros: 1,0%;
    -    Ayuda de preadhesión: 3.174 millones de euros: 3,4%.

    3. Elaboración de perspectivas financieras

    -En 1988 se alcanzó un "Acuerdo Interinstitucional sobre la disciplina y la mejora del procedimiento presupuestario" entre el Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo, por iniciativa de éste. En este acuerdo, se establecían perspectivas financieras quinquenales (1988-1992) para cada gran categoría de gastos. 

    -Un nuevo acuerdo alcanzado en 1993 se basa en una previsión financiera a siete años. Estas previsiones son en realidad compromisos vinculantes: las instituciones se comprometen a respetarlas al igual que otros límites máximos anuales y a no reducir los gastos no obligatorios previstos mediante una modificación de los gastos obligatorios. Está previsto un cierto margen de maniobra (0,04% del PNB comunitario total) en caso de que se produzcan cambios sustanciales en el ámbito económico.

    -En el marco del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999, se han adoptado nuevas perspectivas financieras para el periodo 2000-2006  Los dos órganos de la Autoridad presupuestaria podrán revisar, previo acuerdo entre ambas partes, el límite máximo de las perspectivas financieras dentro de unos márgenes muy precisos, exclusivamente en caso de que surjan acontecimientos o nuevas necesidades de carácter imprevisible.

    Perspectivas financieras 2000-2006
    Créditos de compromiso (en millones de euros, precios de 2000)

     
    2000
    2001
    2002
    2003
    2004
    2005
    2006
    1. Agricultura 41 738 43 656 44 778 44 646 43 615 42 768 42 493
    2. Medidas estructurales 32 678 32 076 31 474 30 882 30 180 30 180 29 746
    3. Políticas internas 6 031 6 143 6 255 6 366 6 478 6 590 6 712
    4. Medidas externas 4 627 4 638 4 648 4 658 4 668 4 678 4 688
    5. Administración 4 638 4 678 4 780 4 882 4 983 5 085 5 187
    6. Reservas 906 906 656 406 406 406 406
    7. Ayuda de preadhesión 3 174 3 174 3 174 3 174 3 174 3 174 3 174
    Créditos para compromisos, en total 93 792 95 271 95 765 95 014 93 504 92 881 92 406
    Créditos para pagos, en total 91 322 92 860 96 037 96 714 93 684 91 898 91 347
    Límite máximo de los créditos de pago (en % del PNB) 1,13% 1,12% 1,18% 1,19% 1,16% 1,14% 1,13%
    Margen para imprevistos (en %) 0,14% 0,15% 0,09% 0,08% 0,11% 0,13% 0,14%
    Límite máximo de los recursos propios (en % del PNB) 1,27% 1,27% 1,27% 1,27% 1,27% 1,27% 1,27%

     

    Apéndice:  Propuestas detalladas de la reforma de la PAC de junio de 2003

     

    Una ayuda única por explotación a fin de favorecer una agricultura más orientada hacia el mercado y sostenible

    Una ayuda única por explotación sustituirá a la mayoría de las primas otorgadas al amparo de las organizaciones comunes de mercado. En consecuencia, la gran mayoría de las ayudas directas de la UE no estarán ya vinculadas a la producción. Normalmente, los agricultores recibirán esta ayuda única por explotación, basada en un importe de referencia y en el período de referencia de 2000 a 2002.

    Aquellos Estados miembros que lo consideren necesario para reducir al mínimo el riesgo de abandono de las tierras, podrán mantener vinculadas a la producción hasta el 25% de las actuales ayudas por hectárea en el sector de los cultivos herbáceos. Alternativamente, podrán mantenerse vinculado a la producción hasta el 40% del suplemento por trigo duro.

    En el sector del vacuno, los Estados miembros pueden optar por:

    • conservar hasta el 100% de la actual prima por vaca nodriza y el 40% de la prima por sacrificio, o

    • conservar hasta el 100% de la prima por sacrificio o hasta el 75% de la prima especial por animales machos.

    Las primas por oveja y cabra, con un máximo del 50%, incluidas las primas complementarias abonadas en las zonas más desfavorecidas, pueden mantenerse vinculadas a la producción.

    La ayuda para el secado de los cereales y las ayudas directas en las regiones ultraperiféricas y las islas del Egeo podrán seguir vinculadas a la producción, si los Estados miembros así lo desean.

    Las ayudas al sector lácteo se incluirán en la ayuda única por explotación a partir de 2008, una vez se haya llevado a término la reforma de dicho sector. Los Estados miembros pueden introducir el sistema antes, si así lo desean.

    Se adoptarán medidas específicas adicionales respecto de otros sectores, como los del arroz, el trigo duro, la fécula de patata o los forrajes desecados (véase más adelante).

    Para fomentar tipos específicos de producción agraria que favorezcan la protección del medio ambiente, la calidad de los productos y la comercialización, los Estados miembros podrán abonar a sus agricultores pagos adicionales equivalentes al 10%, como máximo, de la suma de los pagos únicos por explotación.

    El nuevo sistema entrará en vigor en 2005. Si algún Estado miembro precisa de un período transitorio por las condiciones específicas de su agricultura, la ayuda única por explotación podrá entrar en aplicación en 2007, a más tardar. Al objeto de hacer frente a falseamientos inadmisibles de la competencia y garantizar que se cumplan las obligaciones internacionales, la Comisión adoptará las medidas necesarias a través del procedimiento de comité de gestión.

    Potenciación de las normas sobre medio ambiente, salubridad alimentaria, sanidad y bienestar animal

    La plena concesión de la ayuda única por explotación y otras ayudas directas estará vinculada al respeto de una serie de normas legales en materia de medio ambiente, salubridad alimentaria, sanidad animal y vegetal, y bienestar animal.

    Un nuevo «Sistema de asesoramiento a las explotaciones»

    El sistema de asesoramiento a las explotaciones será voluntario para los Estados miembros hasta 2006. A partir de 2007, los Estados miembros estarán obligados a ofrecer dichos sistemas a sus agricultores. La participación será voluntaria.

    Potenciación del desarrollo rural

    Los fondos de la UE destinados al desarrollo rural se incrementarán considerablemente, y se ampliará su alcance introduciendo nuevas medidas. Estos cambios entrarán en vigor en 2005. Los Estados miembros y las regiones podrán decidir si desean incluir estas medidas en sus programas de desarrollo rural.

    De este modo, se atenderá mejor a las preocupaciones de los agricultores por lo que se refiere a la calidad y salubridad de los alimentos, y se les ayudará a adaptarse a la introducción de exigentes normas basadas en la legislación de la UE, promoviendo, al mismo tiempo, mejores niveles de bienestar animal. Son éstos objetivos fundamentales para impulsar una agricultura sostenible y responder a las expectativas de la sociedad europea en su conjunto, ocupan un lugar central dentro del paquete de medidas de reforma de la PAC y ofrecen a los agricultores nuevas posibilidades de ingresos (servicios agroambientales, promoción y comercialización de productos de calidad).
     

    Financiación

      Reducción de las ayudas directas a las explotaciones de mayor tamaño para impulsar el desarrollo rural

    Al objeto de financiar las nuevas medias de desarrollo rural, las ayudas directas otorgadas a las explotaciones de mayor tamaño se reducirán ("modulación") del siguiente modo:

    Ejercicio presupuestario

    2005

    2006

    2007

    2008 a 2013

    Explotaciones con ayudas directas anuales de hasta 5 000 €

    0%

    0%

    0%

    0%

    Más de 5 000 €

    3%

    4%

    5%

    5%

  • Las regiones ultraperiféricas estarán exentas de la modulación.

      Una modulación del 5% proporcionará 1 200 millones de euros anuales adicionales para el desarrollo rural.

    En cuanto a la distribución de los fondos obtenidos gracias a la modulación, un punto porcentual se destinará a los Estados miembros en que se hayan obtenido dichos fondos. El importe correspondiente a los demás puntos porcentuales se distribuirá entre los Estados miembros conforme a criterios sobre:
     

    • superficie agraria,

    • empleo agrario,

    • PIB per cápita en términos de poder adquisitivo.

    Como punto de partida, cada Estado miembro recibirá el 80%, como mínimo, de sus fondos de modulación (véase información más detallada en la sección sobre el centeno).

    Las reducciones de las ayudas directas no afectarán a los nuevos Estados miembros hasta que dichas ayudas alcancen el nivel normal en la UE.

      Garantía de disciplina financiera

    La fijación de un límite para el gasto de la PAC (subrúbrica 1a) en la Cumbre de Bruselas, en octubre de 2002, comporta la necesidad de un mecanismo de disciplina financiera, que se introducirá a partir de 2007. Las ayudas directas serán objeto de ajuste siempre que las previsiones indiquen que, en un determinado ejercicio presupuestario, puedan sobrepasarse los fondos previstos en la subrúbrica 1a, con un margen de seguridad de 300 millones de euros. El Consejo fijará el citado ajuste basándose en una propuesta de la Comisión.

    Estabilización de los mercados y mejora de las organizaciones comunes de mercado

      Sector de los cultivos herbáceos
       

  • Cereales

    El actual precio de intervención de los cereales se mantiene. La cuantía básica de las ayudas a los cultivos herbáceos seguirá siendo de 63euros/t. La actual corrección estacional del precio de intervención («incrementos mensuales») se reducirá en un 50%. Al objeto de evitar que se sigan acumulando existencias, el centeno se excluirá del sistema de intervención.

    • Proteaginosas

    El actual suplemento destinado a las proteaginosas (9,5 euros/t) se mantendrá, convirtiéndose en una ayuda específica por superficie de cultivo de 55,57 euros/ha., con sujeción a una nueva superficie máxima garantizada, que se establece en 1,4 millones de hectáreas.
     

    • Ayuda a los cultivos energéticos: crédito carbono

    La Comisión propone una ayuda de 45 euros por hectárea de cultivos energéticos, con una superficie máxima de 1 500 000 hectáreas. La ayuda sólo se otorgará en relación con superficies cuya producción sea objeto de un contrato entre el agricultor y el sector transformador, excepto si la transformación la realiza el propio agricultor en la explotación. Transcurridos cinco años desde el inicio de la aplicación del régimen de cultivos energéticos, la Comisión presentará al Consejo un informe con las propuestas que considere oportunas.
     

    • Trigo duro

    El suplemento por trigo duro otorgado en las zonas de producción tradicionales se abonará con independencia de la producción. Los Estados miembros pueden optar por mantener un 40% vinculado a la producción.

    Dicho suplemento será de 313 euros/ha en 2004, 291 euros en 2005 y 285 euros a partir de 2006, incluyéndose en la ayuda única por explotación. La ayuda específica a otras regiones en las que el cultivo de trigo duro está subvencionado, actualmente de 139,5 euros/ha, irá disminuyendo progresivamente. Los recortes se efectuarán en el curso de tres años, a partir de 2004.

    Se introducirá una nueva prima para la mejora de la calidad del trigo destinado a la producción de sémola y pasta.
     

    • Patata de fécula

    La actual política prevé una ayuda directa a los productores de patatas de fécula. Esta ayuda se fijó en 110,54 euros por tonelada de fécula en la Agenda 2000. El 40% de este pago se incluirá en la ayuda única por explotación, basándose en el historial de entregas a la industria. El resto seguirá adoptando la forma de ayuda específica al cultivo de patatas de fécula. Se mantiene el precio mínimo, así como la restitución por producción de fécula.
     

    • Forrajes desecados

    Las ayudas al sector de los forrajes desecados se redistribuirán entre los agricultores y la industria de transformación. La ayuda directa al agricultor se integrará en el sistema de ayuda única por explotación, basándose en los antecedentes históricos de entregas a la industria. Se aplicarán límites máximos nacionales, para atender a las cantidades nacionales garantizadas actuales.

    La ayuda a la transformación será de 33 euros/t en 2004/05.

      Arroz

    A fin de estabilizar los equilibrios de mercado, sobre todo por el impacto de la iniciativa "Todo menos armas", la Comisión ha decidido reducir el precio de intervención en un 50%, de una sola vez, hasta los 150 euros/t, en coherencia con los precios de los mercados mundiales.

    La intervención se limitará a 50 000 toneladas anuales. Al objeto de estabilizar los ingresos de los agricultores, la actual ayuda directa se incrementará, pasando de 52 euros/t a 177 euros/t, lo que equivale a la compensación total por cereales de las reformas de 1992 y de la Agenda 2000. De ese importe, 102 euros/t se incluirán en la ayuda única por explotación y se abonarán en función de los derechos históricos, con el límite impuesto por la superficie máxima garantizada. Los restantes 75 euros/t, multiplicados por el rendimiento de 1995, según reforma, constituirán una ayuda específica por cultivo. La superficie máxima garantizada será la media de 1999-2001 o la actual superficie máxima garantizada, según cuál sea menor.

    El Consejo ha pedido a la Comisión, además, que abra negociaciones en el marco de la OMC para modificar los derechos consolidados aplicables al arroz en el comercio con los socios de la UE.

      Frutos de cáscara

    El actual sistema se sustituirá por un pago anual a tanto alzado de 120,75 euros/ha, para 800 000 hectáreas, divididas en superficies fijas garantizadas nacionales para las almendras, avellanas, nueces, pistachos y algarrobas. Los Estados miembros podrán utilizar sus cantidades garantizadas de forma flexible. A esta ayuda pueden añadir los Estados miembros hasta un máximo anual suplementario de 120,75 euros/ha.

      Sector lácteo

    A fin de ofrecer a los agricultores del sector lácteo una perspectiva estable, el Consejo ha decidido prorrogar un sistema de cuotas lácteas reformado hasta la campaña de 2014/15.

    El Consejo ha decidido la aplicación de recortes asimétricos en el sector lácteo. El precio de intervención para la mantequilla se reducirá un 25% (-7% en 2004, 2005 y 2006, y -4% en 2007), lo que supone un recorte adicional de un 10% frente a la Agenda 2000. En el caso de la leche en polvo desnatada, los precios se reducen en un 15% (en tramos anuales de un 5%, de 2004 a 2006), conforme a lo acordado en la Agenda 2000.

    Las compras de mantequilla en intervención se suspenderán a partir del límite de 70 000 toneladas en 2004, cantidad que irá decreciendo hasta situarse en las 30 000 toneladas en 2007. A partir de este límite, las compras podrán efectuarse mediante licitación. Se eliminará el precio objetivo para la leche.

    La compensación queda fijada en los siguientes importes: 11,81 euros/t en 2004, 23,65 euros/t en 2005 y 35,5 euros/t a partir de 2006.

    La ayuda única por explotación sólo se otorgará al sector lácteo una vez que la reforma se haya llevado a término, salvo si los Estados miembros deciden adelantar su introducción.

    El Consejo aprobó un incremento de las cuotas lácteas para Grecia (+120 000 t) y una exención temporal para las Azores por lo que atañe a la aplicación de la cuota: 73 000 t en 2003/2004, 61 500 t en 2004/2005 y 50 000 t a partir de 2005/2006.

      Reforma de los sectores del aceite de oliva, el tabaco y el algodón

    En otoño de 2003, la Comisión presentará una comunicación sobre la reforma de los sectores del aceite de oliva, el tabaco y el algodón, a la que seguirán propuestas de legislación. Las propuestas de la Comisión ofrecerán a estos sectores perspectivas a largo plazo en consonancia con el marco financiero. Las propuestas de reformas para estos sectores se basarán en los objetivos y planteamientos del presente conjunto de medidas de reforma.

  •  La política agraria común y el presupuesto de la Unión Europea. Joaquín Pi Anguita.  Última actualización julio de 2004.